El sharenting y la privacidad de los menores es uno de los conflictos más silenciosos de la era digital: los padres comparten fotos, vídeos y datos de sus hijos en internet antes de que esos niños puedan entender qué significa eso, qué consecuencias tiene o simplemente decir que no. No es un fenómeno marginal. Según estudios citados por la organización de seguridad digital AVG, el 81 % de los niños de los países desarrollados tiene presencia online antes de cumplir los dos años. Muchos, antes de nacer.

El término sharenting —contracción del inglés share y parenting— describe la práctica habitual de padres y madres que documentan y publican la vida de sus hijos en redes sociales. Lo hacen con cariño, con orgullo, a veces con necesidad de conexión social. Pero detrás de cada publicación hay datos: una cara, una ubicación, un nombre, una fecha, una escuela, un estado emocional. Y esos datos no desaparecen.
La mayoría de las veces no hay mala intención. Ese es exactamente el problema. Porque el daño potencial del sharenting no viene de padres irresponsables, sino de padres que no conocen el alcance real de lo que publican.
¿Qué información real se filtra cuando subes una foto de tu hijo?
Una fotografía no es solo una imagen. Cuando subes una foto de tu hijo a Instagram, Facebook o TikTok, estás compartiendo, en muchos casos sin saberlo, su cara, su nombre si aparece en el pie de foto, la ubicación aproximada o exacta si el geoetiquetado está activado, el colegio si aparece en el fondo o en el texto, y el aspecto físico en distintas etapas de su desarrollo. Todo eso queda indexado, almacenado y, según las condiciones de uso de cada plataforma, potencialmente accesible a terceros.
Los metadatos EXIF de una fotografía pueden incluir coordenadas GPS precisas, el modelo del dispositivo con el que fue tomada y la hora exacta. Algunas plataformas eliminan esos metadatos al procesar la imagen; otras no lo hacen, o no siempre. La geolocalización puede revelar la rutina diaria de un menor con una precisión que a cualquier adulto le parecería inaceptable si se tratase de sus propios datos.
Hay algo más que los metadatos: el contexto acumulado. Una sola foto dice poco. Cien fotos publicadas a lo largo de tres años dicen mucho: dónde vive el niño, a qué hora sale de casa, con quién juega, cómo reacciona emocionalmente, qué le gusta, qué le asusta. Ese perfil detallado existe, está online y es difícil de borrar. Ya vimos cómo la acumulación de datos cotidianos puede revelar más de lo que nadie habría contado voluntariamente, y con los menores el mecanismo es exactamente el mismo, con la diferencia de que ellos no han dado ningún consentimiento.
¿Puede el sharenting causar daño real a los hijos cuando crezcan?
El sharenting puede causar varios tipos de daño documentados: robo de identidad, acoso, exposición a contenidos inapropiados de terceros y, sobre todo, la pérdida del control sobre la propia narrativa digital. La aseguradora Barclays publicó en 2018 un informe que estimaba que, para 2030, el sharenting de los padres sería responsable del dos tercios de los casos de fraude de identidad que afectarían a jóvenes de entre 18 y 21 años. La proyección es especulativa —como cualquier predicción a diez años—, pero el mecanismo subyacente no lo es.
El daño reputacional es quizás el más difícil de cuantificar pero el más íntimo. Un adolescente puede encontrarse con fotos embarazosas de su infancia circulando entre sus compañeros, publicadas originalmente por sus propios padres. Fotos en el baño, llorando, con rabietas, en momentos de vulnerabilidad que cualquier adulto protegería celosamente. La diferencia es que el niño no eligió compartirlos.
Los expertos en psicología del desarrollo señalan también el impacto en la identidad: crecer sabiendo que tu historia ha sido narrada públicamente por otros, antes de que puedas contarla tú mismo, puede afectar a cómo un joven construye su sentido de sí mismo. No hay estudios longitudinales definitivos todavía —la generación de niños intensamente «sharedados» aún está creciendo—, pero las primeras investigaciones apuntan a tensiones reales entre padres e hijos adolescentes por este motivo. Este tipo de tensión digital tiene mucho que ver con la guerra invisible que ya se libra alrededor de los datos de los menores en distintos frentes.
¿Qué hacen las plataformas con las fotos de menores?
Las plataformas como Meta —empresa que opera Facebook e Instagram—, TikTok y Google almacenan las imágenes que sus usuarios suben y las usan, dentro del marco legal de cada país, para entrenar sistemas de reconocimiento facial, personalizar publicidad y mejorar sus algoritmos. Las condiciones de uso, que nadie lee completas, suelen incluir licencias amplias sobre el contenido publicado. En la práctica, al subir una foto de tu hijo le estás cediendo su imagen a una corporación privada, con unas condiciones que ese niño nunca ha aceptado.
El reconocimiento facial es especialmente delicado. Los sistemas de inteligencia artificial pueden aprender a identificar a una persona a partir de un número relativamente pequeño de imágenes, y las bases de datos de menores —sin regulación específica en muchos países— pueden nutrir esos sistemas. No es necesario que la plataforma lo haga explícitamente: basta con que los datos estén disponibles y que terceros puedan acceder a ellos a través de scraping u otras técnicas.
Europa tiene el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), que teóricamente protege también a los menores y establece condiciones específicas para el tratamiento de sus datos. Pero el RGPD regula a las empresas establecidas en Europa o que operan con ciudadanos europeos, y su aplicación práctica en el contexto del sharenting es complicada: el padre que sube la foto actúa como sujeto particular, no como empresa, y la plataforma opera bajo sus propias políticas. La protección legal existe, pero sus límites son reales. El mismo fenómeno de cómo internet dejó de ser un espacio anónimo afecta aquí de forma especialmente grave, porque los menores no eligen participar.
¿Existe ya un marco legal que proteja a los menores del sharenting de sus propios padres?
La legislación específica contra el sharenting parental es todavía muy escasa a nivel global. Francia fue pionera al incorporar en su código civil, en 2024, disposiciones que reconocen explícitamente el derecho de los hijos a la privacidad frente a sus propios padres, y que podrían usarse para que un menor demandara a sus progenitores por publicaciones online. Es un caso excepcional, no la norma.
En España, la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD) y la legislación de protección del menor reconocen el derecho a la propia imagen de los niños, pero la aplicación práctica en el contexto de las redes sociales sigue siendo difusa. El marco jurídico va claramente por detrás de la realidad tecnológica, como ocurre en la mayoría de los países.
Algunos países como Estados Unidos han comenzado a debatir leyes específicas de «derechos digitales para menores», aunque ninguna aborda todavía directamente el sharenting parental. La tensión legal de fondo es incómoda: ¿puede el Estado regular lo que un padre comparte sobre su propio hijo? ¿En qué momento el derecho del menor a la privacidad supera la autoridad parental? Son preguntas que los tribunales de distintos países van a tener que responder en los próximos años.
Lo que sí existe en algunos países son guías y recomendaciones de organismos de protección de la infancia, que aconsejan obtener el consentimiento del menor cuando ya tiene edad suficiente para comprenderlo, evitar publicar imágenes en las que el niño aparezca en situaciones íntimas o vulnerables, y revisar periódicamente la configuración de privacidad de las cuentas. Son recomendaciones razonables. Y no tienen carácter vinculante.
La dimensión económica tampoco es menor. Hay padres que han convertido la vida de sus hijos en contenido de monetización: los llamados family influencers, cuyas cuentas de YouTube, Instagram o TikTok generan ingresos a partir de vídeos protagonizados por menores. Algunos niños trabajan sin saberlo, sin cobrar y sin poder negarse. Francia ha aprobado también en este ámbito legislación específica que reconoce derechos económicos a esos menores. España y otros países europeos estudian regulaciones similares. Este tipo de exposición sistemática conecta directamente con un mundo donde cada espacio se convierte en un soporte publicitario, incluida la infancia.
¿Qué pueden hacer los padres para proteger la privacidad digital de sus hijos?
Proteger la privacidad digital de un hijo no requiere desaparecer de internet, sino adoptar algunos criterios mínimos antes de publicar. El primero y más importante: preguntarse si esa foto o vídeo podría incomodar al niño cuando crezca. Si la respuesta es dudosa, probablemente no debería publicarse.
Algunas medidas concretas que los expertos en seguridad digital recomiendan de forma consistente:
- Configurar las cuentas en modo privado, limitando el acceso a personas conocidas y de confianza.
- Desactivar el geoetiquetado en las fotos, tanto en la cámara del dispositivo como en las opciones de la aplicación.
- Evitar publicar el nombre completo del menor, el nombre de su colegio o su dirección en el mismo contexto que su imagen.
- No publicar imágenes íntimas: baño, situaciones de llanto intenso, enfermedades o momentos de vergüenza.
- Pedir opinión al niño cuando ya tiene edad para comprender la pregunta, aunque sea de forma sencilla.
- Revisar periódicamente qué hay publicado y eliminar lo que ya no parece apropiado.
Ninguna de estas medidas elimina el riesgo por completo. Una cuenta privada puede ser hackeada. Una imagen compartida con diez personas puede ser reenviada a cien. El control nunca es total una vez que algo está digital. Pero hay una diferencia enorme entre publicar con criterio y publicar sin pensar.
La conversación sobre privacidad debería empezar en casa y pronto. Los niños que ven a sus padres reflexionar sobre qué comparten y por qué internalizan esa lógica con mayor facilidad. Y llegan a la adolescencia con un criterio más formado sobre la validación digital y sus trampas, en vez de descubrirlo solos cuando ya es tarde.
Hay también algo que merece nombrarse sin rodeos: el sharenting no es solo un riesgo externo. Es también una forma de usar la vida de otra persona —que no puede objetar— para satisfacer necesidades propias: de conexión, de reconocimiento, de documentar la maternidad o la paternidad. Eso no lo convierte en algo malo automáticamente. Pero sí en algo que vale la pena examinar con honestidad. El impulso de compartir tiene sus propios mecanismos, y no siempre somos conscientes de ellos. Ya exploramos cómo el scroll y la lógica de las plataformas reconfiguran nuestros hábitos sin que lo percibamos; en el sharenting, ese mismo mecanismo opera sobre vidas ajenas.
¿Y si el daño ya está hecho?
Si llevas años publicando fotos de tus hijos, no tiene sentido el pánico retrospectivo. Lo que sí tiene sentido es empezar a actuar desde ahora. Muchas plataformas permiten solicitar la eliminación de contenidos, aunque no siempre garantizan que desaparezcan de todos los servidores ni de los resultados de búsqueda de Google. El derecho al olvido reconocido en el RGPD europeo puede ejercerse ante las plataformas, aunque el proceso es lento y no siempre efectivo.
Google tiene una herramienta específica para solicitar la eliminación de imágenes de menores de sus resultados de búsqueda. Meta permite reportar fotos en las que aparece un menor y solicitar su retirada. TikTok tiene políticas similares, aunque su aplicación varía. Ningún sistema de eliminación es perfuro ni instantáneo, pero ejercer esos derechos es siempre mejor que no ejercerlos.
Lo más importante a largo plazo es la conversación: hablar con los hijos sobre lo que existe de ellos en internet, explicarles desde la edad que corresponda qué significa eso, y dejarles participar en las decisiones sobre su propia imagen digital. Esa conversación puede ser incómoda. Pero es mucho menos incómoda que el escenario contrario: que la descubran solos, sin herramientas para gestionarlo. La identidad digital de una persona se empieza a construir antes de que esa persona pueda decidir nada, y eso tiene consecuencias que todavía estamos aprendiendo a medir.
¿Seguirá siendo normal publicar la vida de tus hijos cuando ellos puedan opinar?
La generación de niños más fotografiada y documentada de la historia está creciendo. En unos años, serán adolescentes y adultos con acceso a todo lo que sus padres publicaron sobre ellos. Algunos lo agradecerán como un archivo familiar entrañable. Otros se sentirán traicionados, expuestos, o simplemente incómodos con una narrativa que nunca controlaron. No sabemos todavía en qué proporción.
Lo que sí sabemos es que la privacidad no es un lujo tecnológico sino un derecho, y que ese derecho no debería empezar a aplicarse cuando alguien cumple dieciocho años. La pregunta real no es si los padres tienen intención de dañar a sus hijos —casi nunca la tienen—. La pregunta es si las intenciones son suficientes cuando los efectos pueden ser duraderos, globales e irreversibles.
Quizás la norma social del sharenting masivo cambie cuando la primera generación de «niños sharedados» tenga voz pública y cuente su experiencia en primera persona. O quizás no cambie nada y simplemente incorporemos la exposición desde la cuna como parte de la vida digital normal. Las dos posibilidades son posibles. Y esa incertidumbre, por sí sola, debería hacernos pensar.
Preguntas frecuentes
¿Qué es el sharenting y por qué preocupa a los expertos en privacidad?
El sharenting es la práctica de padres y madres que publican regularmente fotos, vídeos y datos de sus hijos en redes sociales. Preocupa a los expertos porque genera perfiles digitales detallados de menores sin su consentimiento, que pueden ser usados para robo de identidad, acoso o entrenamiento de sistemas de reconocimiento facial, y que son muy difíciles de eliminar una vez que están en internet.
¿A partir de qué edad puede un menor decidir qué se publica sobre él?
No hay una edad legal fija en la mayoría de países, pero los psicólogos del desarrollo recomiendan comenzar a incluir al niño en esas decisiones a partir de los seis o siete años, de forma adaptada a su comprensión. A los doce o trece años, muchos especialistas consideran que el menor ya debería tener un papel activo y vinculante en lo que sus padres publican sobre él.
¿Es ilegal que los padres suban fotos de sus hijos a internet?
En la mayoría de países, no es ilegal. Los padres tienen la patria potestad y pueden tomar decisiones sobre la imagen de sus hijos menores. Sin embargo, legislaciones como el RGPD europeo reconocen derechos de los menores a su privacidad, y países como Francia han comenzado a desarrollar normas específicas que limitan el sharenting parental y reconocen derechos a los hijos cuando crecen.
¿Pueden las plataformas usar las fotos de mis hijos para entrenar inteligencia artificial?
Depende de las condiciones de uso de cada plataforma y de la legislación aplicable. En general, las plataformas como Meta o TikTok disponen de licencias amplias sobre el contenido que sus usuarios publican. Aunque no siempre detallan explícitamente el uso en entrenamiento de IA, las imágenes publicadas pueden estar accesibles a sistemas automatizados. Activar la privacidad de la cuenta reduce, aunque no elimina, ese riesgo.
¿Cómo puedo eliminar fotos de mi hijo que ya están en internet?
Puedes solicitarlo directamente a cada plataforma desde sus herramientas de privacidad o reporte de contenido. Google tiene un formulario específico para eliminar imágenes de menores de sus resultados de búsqueda. El proceso puede ser lento y no garantiza que las imágenes desaparezcan de todos los servidores o capturas, pero ejercer ese derecho es siempre recomendable. En Europa, el derecho al olvido del RGPD refuerza esa posibilidad.
¿El sharenting puede afectar psicológicamente a los hijos cuando sean mayores?
Los estudios longitudinales definitivos aún no existen, porque la primera generación de niños intensamente documentados online todavía está creciendo. Las investigaciones disponibles apuntan a tensiones entre padres e hijos adolescentes por publicaciones pasadas, y los psicólogos señalan posibles efectos sobre la identidad y la autonomía. No es posible afirmar daños universales, pero los riesgos son reales y reconocidos por especialistas en desarrollo infantil.
